En TRANSCELER S.A.S. contamos con una política de precios bajos en la que invitamos a nuestros clientes a traer un aviso o cotización de la competencia y si el precio del servicio que pretenden comprar es más bajo que el nuestro, TRANSCELER S.A.S. lo iguala y además otorga un diez por ciento (10%) de descuento adicional por avisarnos.
La cotización debe provenir de un comercializador legalmente establecido. Sólo se aceptarán cotizaciones originales, formales que estén debidamente firmadas, sin tachones, ni enmendaduras, y que además incluyan razón social, NIT, dirección y teléfono.
La cotización debe contener la vigencia de los precios y/o ser de la misma semana calendario, de la fecha en que se presente la cotización. Debe contener los precios y la descripción detallada del servicio. Debe corresponder al mismo servicio (exportación, trafico, valor comercial, igual marca, modelo y servicios ofertados) y tiene que corresponder al precio al público regular, no aplica para descuentos o rebajas puntuales y en todo caso debe incluir el IVA.
Los Agentes de Carga Internacional y Agencias de Aduana debemos adoptar las medidas necesarias para prevención y control al lavado de activos. Así mismo, establecer mecanismos de control orientados a seleccionar y conocer los clientes en su índole personal, financiero y comercial. Dentro de estas medidas existe una herramienta para el conocimiento del cliente que es la aplicación de la Circular 0170 exigida por la DIAN.
Algunos de estos mecanismos de prevención y control del lavado de activos que la DIAN instruye ayudan a identificar las operaciones sospechosas y así mismo controlar los indicios que permite detectar la realización de una operación inusual.